Políticas de Gestión de Cobro
El objetivo es informar a nuestros asociados las políticas de gestión de cobro y los costos adicionales que deben pagar por incurrir en mora en los créditos con la Cooperativa Alianza, así como las tarifas generadas por la casa de cobranza autorizada al iniciar procesos pre-jurídicos y jurídicos.
¿Qué pasa cuando un asociado queda en mora?
1. Cobranza persuasiva
Es la llamada que realiza la Cooperativa a los asociados que presentan mora de 1 a 30 días, recordando y recomendando el pronto pago de la cuota y los beneficios que tienen los asociados si se encuentran al día, los cuales pierden por el incumplimiento de las obligaciones.
2. Cobranza administrativa
Es la gestión que realiza la Cooperativa con los asociados que presentan mora entre 31 y 90 días, invitándolos a normalizar sus obligaciones y así evitar mayores gastos adicionales al ser enviados a la casa de cobranza para que inicien procesos pre-jurídicos o jurídicos.
3. Cobranza pre-jurídica
Es la gestión de cobro que realiza la casa de cobranza* en el transcurso de mora de 91 a 120 días para evitar un proceso jurídico.
4. Cobranza jurídica
Es el proceso que realiza la casa de cobranza por intermedio de un juzgado para el cobro de la cartera en mora mayor a 120 días.
5. Cobro por libranza
En cualquiera de las etapas de gestión de cobro se podrá aplicar el cobro por libranza acorde a la Ley 1527 de 2012.
6. Tratamiento de las reestructuraciones
Es un mecanismo que tiene becoop en donde se modifican cualquiera de las condiciones originalmente pactadas con el fin de permitirle al deudor la atención adecuada de su obligación. En la reestructuración se mantiene la calificación que se tiene en el momento de su ejecución y esta será mejorada bimestralmente de acuerdo a su buen comportamiento de pago hasta llegar a la calificación A, si incurre en mora, vuelve a la calificación del momento de la reestructuración.
7. Modificaciones
La Cooperativa podrá modificar a solicitud del deudor las condiciones inicialmente pactadas de los créditos, con el fin de permitirle al deudor la atención adecuada de su obligación ante el potencial o real deterioro de su capacidad de pago, sin que estos ajustes sean considerados como una reestructuración en los términos señalados en el numeral 5.2.3.3., del capítulo II, Titulo IV de la Circular Básica Contable y Financiera, siempre y cuando durante los últimos 6 meses el crédito no haya alcanzado una mora mayor a 90 días para las modalidades de consumo y 120 días para vivienda.
8. Permanencia de asociados
Cuando existan deudas a cargo del asociado y a favor de la Cooperativa, se podrá realizar una devolución de hasta el cincuenta por ciento (50%) del total del ahorro permanente, sin exceder del monto de la deuda, para efectos de realizar una compensación entre los saldos en contra y las obligaciones a favor y para esto debe comprobar la grave crisis económica.
Gastos y mecanismos de cobranza
Gastos de cobranza
Los gastos de cobranza para las obligaciones de crédito con más de 30 días de mora deberán ser asumidos por los asociados.
Las tarifas definidas son las siguientes:
- De 31 a 60 días 4% + IVA del valor vencido del capital de la cuota del crédito.
- De 61 a 90 días 6% + IVA del valor vencido del capital de la cuota del crédito.
- Gestión pre-jurídica 10% + IVA sobre el recaudo realizado al crédito vencido.
- Gestión jurídica 20% + IVA sobre el recaudo realizado al crédito vencido.
Mecanismos de cobranza
- Telefónico, incluidos mensajes pre-grabados y de texto.
- Visita domiciliaria a los lugares de contacto.
- Comunicaciones a través de los diferentes medios, carta o correo electrónico.
- Gestión de cobro realizado por la casa de cobranza autorizada, la cual cuenta con todas las herramientas necesarias para resolver sus inquietudes en cobro pre jurídico y jurídico.
Reportes a las centrales de información financiera
Para no afectar la historia crediticia y evitar ser reportado a las centrales de riesgo, la única manera es pagar oportunamente. No olvide que, pasados 30 días del pago oportuno o fecha de exigibilidad de la obligación, la mora es reportada a las centrales de información.
Si el deudor no cumple con sus pagos de manera oportuna se verá expuesto negativamente uno de sus bienes intangibles más preciados con el que las personas cuentan en el mundo de las finanzas: su credibilidad crediticia, esta es su mejor referencia comercial y financiera.
La permanencia negativa es la sanción que se aplica de acuerdo a lo contemplado en la ley 1266 de 2008, la cual a partir del 1 de julio de 2009, quedó de la siguiente manera:
Tiempo en mora | Modo de extinción de la obligación | Permanencia del reporte negativo en las centrales de riesgo |
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Inferior a 2 años | Pago | El doble del tiempo de mora alcanzado una vez realizado el pago de la obligación en mora. |
Mayor o igual a 2 años | Pago | 4 años contados a partir de la fecha de pago de la obligación en mora. |
Con este aviso estamos dando cumplimiento a los dispuesto en la Ley Habeas Data.
Para mayor información se puede comunicar con el PBX 6015886666 ext. 301 área de cartera o por medio del correo electrónico cartera@becoop.coop.